miércoles, 23 de julio de 2008

La lectura por decreto


...pues ya está, se publicó.

LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO

Definición de Autor: Persona que realiza alguna obra destinada a ser difundida en forma de libro. Se considera como autor, sin perjuicio de los requisitos establecidos en la legislación vigente, al traductor respecto de su traducción, al compilador y a quien extracta o adapta obras originales, así como al ilustrador y al fotógrafo, respecto de sus correspondientes trabajos.
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Quien sabe si otros/as...pero yo de niña, sólo leía libros con "monitos"... de ahí me nació el amor a la lectura. (de lo que sea... vaya una a saber si eso es bueno o malo)

6 comentarios:

Anónimo dijo...

Yugs, daw nabasahan ko naman ni sa iban nga blog?

Anónimo dijo...

Katon, Goukakyu no jutsu.

Anónimo dijo...

Damu pa kmu to?.. Nano ni klase blog man?

Margarita Nava dijo...

'oras!!! el libro loto online!!!

al menos alguien comentó..ji..ji

Ricardo Peláez Goycochea dijo...

¡Sopas! ¿quiénes son esos extraterrestres?!!

Ricardo Peláez Goycochea dijo...

Ya en serio: Se supone que esa ley es trascendental para la industria editorial. Estaba lista para su aprobación desde el sexenio pasado tras mucho trabajo deliberativo entre los involucrados. (Algo parecido a lo que se está haciendo con los foros del petroleo pero sin trampas) Sin embargo el asno del presidente en turno la vetó y la congeló. Calderón le dá el visto bueno, veamos que se hace con ella.